Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
Política de Derechos de Autor en servicios creativos para medios electrónicos.

Debido a las particulares características de los servicios creativos de Kol Interactive, algunos de nuestros clientes se han mostrado interesados en conocer los conceptos básicos sobre Derecho de Autor (copyright), prestando especial atención a las obras y recursos publicados en el entorno Web.

Lo política de Kol Interactive en relación a sus servicios creativos se apegan a las convenciones internacionales descritas por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y a la legislación aplicable en la república mexciana.

El Autor.

El Autor es el titular del Derecho de Autor desde el mismo momento de la creación de la obra (artículo, animación, sonido...). Es el simple hecho de su creación, elaboración o composición el que nos confiere la propiedad intelectual sobre la pieza. Por tanto, esto significa que no es obligatoria ni necesaria la inscripción en ningún tipo de registro ni oficina para disfrutar de este derecho sobre nuestras creaciones. Sin embargo existen ciertas formalidades, que si bien no son obligatorias, pueden ayudarnos frente a usos ilícitos de nuestras creaciones.

La Obra.

Para que una pieza que hemos creado sea susceptible de protección intelectual, esta debe ser original, que no debemos confundir con novedoso. Por originalidad se entiende la originalidad en la forma de representar una idea, no la originalidad de la idea en sí misma.
En la Web, entre otros, se consideran recursos objeto de protección por el Derecho de Autor: animaciones, videos, sonidos, recursos musicales, textos, código fuente (cliente o servidor), iconos, logos, gráficos, etc...

Los Servicios Creativos.

Los servicios creativos de Kol Interactive a un Cliente representan la transferencia del Copyright, es decir el Cliente se convierte en propietario de los Derechos Patrimoniales, pero los Derechos Morales de las piezas creadas se conservan como propiedad permanente y exclusiva de Kol Interactive .

Para una mejor descripción, los Derechos Morales incluyen:

  • Derecho de Divulgación: Facultad del autor de decidir si publica (divulga) su obra (ejemplo: concursos de diseño)
  • Derecho de Integridad: Facultad de impedir cualquier deformación de la obra que pueda perjudicar el honor y reputación del autor.

Los Derechos Patrimoniales o de Explotación representan el derecho de beneficiarse económicamente de la producción intelectual. El Cliente adquiere estos derechos sobre cada una de las piezas finales creadas por Kol Interactive e incluyen:

  • Derecho de Reproducción: beneficio económico de las reproducciones
  • Derecho de Comunicación Pública: La comunicación pública es todo un acto por el que una pluralidad de personas puede tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas.
  • Derecho de Transformación: Por ejemplo las traducciones.

En este contexto, un Cliente de nuestros servicios creativos se convierte en propietario indefinido de los recursos finales creados para el proyecto contratado (animaciones, videos, sonidos), pero no de los medios de creación (código fuente cliente o servidor etc), ni de los Derecho Morales.

 

Enlaces relacionados.
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
Asociación Mexicana para la Protección de la Propiedad Intelectual
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Instituto de Investigaciones Jurídicas

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